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COMBINACIONES

 

 

Reglamento de Salto FEI

 

Artículo 212 COMBINACIÓN DE OBSTÁCULOS

 

1.Se entiende por combinación doble, triple o mayor, al conjunto de dos o mas obstáculos, distantes el uno del otro entre 7 m como mínimo y 12 m como máximo (con excepción de los recorridos de Caza o de Velocidad y Conducción, juzgados bajo la Tabla C, y para los obstáculos fijos, donde la distancia puede ser menor que 7 m) y que requieren dos o más esfuerzos sucesivos. La distancia se mide desde la base del obstáculo en el lado del aterrizaje a la base del obstáculo siguiente en el lado del despegue.

2.En las combinaciones, cada elemento del grupo debe ser saltado separada y consecutivamente sin rodearlos. Las faltas cometidas en cada obstáculo de una combinación se penalizan separadamente.

3.Cuando hay desobediencia o esquivada, el competidor debe retomar todos los obstáculos, a menos que se trate de una combinación cerrada o parcialmente cerrada (Art. 214), o una prueba de 6 barras o de obstáculos en línea.

4.Las penalizaciones por las faltas cometidas en cada elemento y durante los diferentes intentos, son contadas en forma separada y se suman unas a otras.

5.En las combinaciones, la barra triple podrá usarse solamente como el primer elemento de la combinación.

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